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November 4, 2021 5:28 PM

Enmienda No. 2 a Orden de la Oficial de Salud del Condado de Sonoma: Vacunación Obligatoria contra la Influenza para los Trabajadores en los Cuidados de Salud

Esta orden de salud del condado de Sonoma ya no está en vigor . Este contenido se proporciona solo como referencia histórica.

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PARA: Instalaciones de Cuidados para Adultos y Adultos Mayores y Lugares de Cuidados Directos en Casa

REF: Vacunación Obligatoria contra la Influenza para los Trabajadores sujetos a la Orden del CDPH por la COVID-19 fechada el 28 de septiembre, 2021

El 1o de octubre, 2021, Salud Pública del Condado de Sonoma emitió una orden de vacunación contra la influenza que les exige a todas las personas que trabajen en ciertos lugares especificos de cuidados de salud e instalaciones de cuidados grupales que reciban una vacuna anual contra la influenza, sujeto a algunas exenciones médicas y a algunos arreglos religiosos, para el 15 de noviembre, 2021. (http://socotestpsa.org/order-of-the-health-officer-of-the-county-ofsonoma-mandatory-influenza-vaccination-of-workers-at-health-care-facilities/)

El 28 de septiembre, 2021, el CDPH ordenó que “todos los trabajadores en instalaciones de cuidados para adultos y adultos mayores y lugares de cuidados directos en casa se deben de vacunar [contra la COVID-19] para reducir las posibilidades de transmisión a las poblaciones vulnerables”. (https://www.cdph.ca.gov/Programs/CID/DCDC/Pages/COVID-19/Orderof-the-State-Public-Health-Officer-Adult-Care-Facilities-and-Direct-Care-Worker-VaccineRequirement.aspx)

Esta orden expande la orden de vacunación contra la influenza para que incluya a todos los trabajadores sujetos a la Orden del CDPH por la COVID-19 fechada el 28 de septiembre, 2021. Todos los trabajadores cubiertos por la Orden del CDPH por la COVID-19 también deben de recibir una vacuna anual contra la influenza, sujeto a algunas exenciones médicas y a algunos arreglos religiosos, para el 30 de noviembre, 2021.

Autoridad Legal:

El Oficial de Salud tiene la autoridad de “tomar las medidas que fueran necesarias para prevenir y controlar la propagación de las enfermedades dentro del territorio bajo su jurisdicción” (Código de Salud y Seguridad §120175 et seq.).

Orden:

No después del 15 de noviembre de 2021, todas las instalaciones, lugares y personas sujetas a la Orden del CDPH por la COVID19 fechada el 28 de septiembre, 2021, incluyendo cualquier futura enmienda, revisión o aclaración hecha por cualquier agencia estatal, deben de implementar un programa de verificación de la vacuna contra la influenza a lo largo de la Duración de esta orden y que les exija a todos los trabajadores en instalaciones de cuidados para adultos y para adultos mayores y lugares de cuidados directos en casa el comprobar que hayan recibido la vacuna contra la influenza para la temporada 2021-22. Las Instalaciones Sujetas a la Orden deberán de conservar toda la documentación, incluyendo las verificaciones de vacunación y las excepciones, en sus archivos durante la Duración de esta orden.

Todos los trabajadores que estén sujetos a esta orden deben de cumplirla a más tardar el 30 de noviembre, 2021.

Duración:

La temporada de influenza empieza el 1o de noviembre y termina el 1o de mayo. Si la vigilancia contra la influenza muestra picos iniciales y/o finales inusualmente altos, la orden pudiera ser extendida.

Instalaciones Sujetas a la Orden:

Todas las instalaciones sujetas a la Orden del CDPH por la COVID-19 fechada el 28 de septiembre, 2021 están sujetas a esta orden.

Excepciones y Arreglos Especiales:

A cualquier persona a la que se le otorgue una exención, de acuerdo con esta sección, deberá de utilizar en todo momento un tapa bocas quirúrgico o un respirador de un nivel más alto aprobado por el Instituto Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (NIOSH), tal y como una mascarilla de filtración N95, mientras se encuentre en interiores en su lugar de trabajo, a menos que esté exento de utilizar un tapa bocas bajo los Estándares Temporales de Emergencia por la COVID-19 de la Cal/OSHA y/o los Estándares para las Enfermedades Transmisibles en Aerosol de la Cal/OSHA.

Los programas obligatorios de vacunación contra la influenza de las instalaciones pueden permitir las exenciones médicas. Las exenciones médicas se deben de basar en una recomendación por escrito del médico principal de que la persona debe de estar exenta por razones médicas de recibir la vacuna contra la influenza.

Los programas obligatorios de vacunación contra la influenza en las instalaciones también deben de permitir las solicitudes para hacer arreglos especiales basados en una discapacidad o creencia religiosa que sea consistente con las políticas y procedimientos para hacer arreglos especiales que sean razonables. Si la instalación acepta hacer arreglos especiales debidos a una creencia religiosa o a una discapacidad, la instalación deberá de proporcionar datos adicionales a Salud Pública del Condado de Sonoma cada mes, que indiquen el número o porcentaje de arreglos especiales que se otorgaron.

Si tiene preguntas adicionales, por favor contacte a la Unidad de Control de las Enfermedades de Salud Pública del Condado de Sonoma en: PHNurse@sonoma-county.org o llame al (707) 565-4567.

Gracias por su participación para aplanar la curva de contagios y proteger a los residentes más vulnerables de nuestro condado.

 

Atentamente,

Dra. Sundari R. Mase, MD MPH

Oficial de Salud del Condado de Sonoma

Fecha: 3 de noviembre, 2021