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April 10, 2020 3:46 PM

Orden de la Oficial de Salud del Condado de Sonoma C19-06-Q

Esta orden de salud del condado de Sonoma ya no está en vigor . Este contenido se proporciona solo como referencia histórica.

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FECHA DE LA ORDEN: 10 de abril del 2020

Por favor lea esta orden detenidamente. La violación o el incumplimiento de esta Orden es un delito menor que se castiga con multa, encarcelamiento o ambos. (Código de Salud y Seguridad de California § 120275, et seq.)

BAJO LA AUTORIDAD DEL CÓDIGO DE SALUD Y SEGURIDAD DE CALIFORNIA, SECCIONES 101040, 101085 Y 120175, LA OFICIAL DE SALUD DEL CONDADO DE SONOMA (“OFICIAL DE SALUD”) ORDENA:

  1. Esta Orden estará vigente hasta que la Oficial de Salud o el Oficial de Salud del Estado la rescinda, reemplace, o modifique por escrito.
  2. California se encuentra en estado de emergencia debido a la pandemia de COVID-19. La propagación del nuevo coronavirus (COVID-19) es un peligro sustancial para la salud del público en el condado de Sonoma. El COVID-19 puede propagarse fácilmente entre las personas que estén en contacto cercano con otras. Esta Orden se basa en evidencia científica y en las mejores prácticas conocidas y disponibles hasta el momento para proteger a los miembros vulnerables del público del riesgo evitable de enfermedad grave
    o muerte resultando de la exposición a la enfermedad causada por Coronavirus (COVID-19).
  3. La edad, condición y salud de una porción significativa de la población del Condado de Sonoma la pone en riesgo de tener serias complicaciones de salud, incluyendo la muerte por COVID-19. Hay creciente evidencia del riesgo de transmisión causada por personas infectadas antes de que presenten síntomas. Por ello, todas las personas que contraigan COVID-19, sin importar sus niveles de síntomas (ninguno, leve o grave), pueden poner en riesgo importante a otros miembros vulnerables del público. Actualmente, no hay vacuna disponible que proteja contra COVID-19 y tampoco hay un tratamiento específico.
  4. Para ayudar a minimizar la propagación de COVID-19, proteger a las personas vulnerables y evitar que el sistema de salud en el condado de Sonoma sobrepase sus capacidades, es necesario que la Oficial de Salud Pública del condado de Sonoma
    (Oficial de Salud) requiera que todas las personas expuestas a personas diagnosticadas con COVID-19 se pongan en cuarentena. La cuarentena separa a las personas que estuvieron expuestas al COVID-19 de otras, hasta que se determine que no hay riesgo de transmitir la enfermedad.

BAJO LA AUTORIDAD DEL CÓDIGO DE SALUD Y SEGURIDAD DE CALIFORNIA, SECCIONES 101040, 101085 Y 120175, LA OFICIAL DE SALUD DEL CONDADO DE SONOMA (“OFICIAL DE SALUD”) ORDENA QUE:

Todos los miembros del hogar, las parejas íntimas, los cuidadores de una persona con COVID-19 y todos aquellos contactados por el programa de control de enfermedades por haber estado expuestos a una persona con COVID-19 se pongan en cuarentena. Se requiere que las personas sigan todas las instrucciones contenidas en esta Orden y en los documentos de orientación de Salud Pública a los que se hace referencia en esta Orden.

La violación de esta Orden es un delito, que se castiga con multas, encarcelamiento o ambos.
(Código de Salud y Seguridad §§ 120275 et seq.)

Requisitos para la cuarentena de miembros del hogar, parejas íntimas, cuidadores de personas con COVID-19 y otras personas contactadas por el Programa de Control de Enfermedades

Los contactos cercanos con personas con COVID-19 (“casos”) se definen como personas que:

  • Viven o se han quedado en la residencia del caso; O
  • Son compañeros sexuales íntimos del caso; O
  • Brindan o han brindado cuidado al caso sin usar una máscara, una bata y guantes. O
  • Han sido identificadas por el programa de control de enfermedades a través del rastreo de contactos que requieren cuarentena.
  • Este contacto ocurrió mientras el caso se consideraba infeccioso. Un caso es infeccioso desde 48 horas antes de que comenzaran sus síntomas y hasta que se liberan del aislamiento.

Excepción: A pesar de lo anterior, trabajadores de salud y personal de primeros auxilios que comparten casas, tienen parejas intimas o cuidan de una persona con COVID-19 no están sujetos a esta Orden bajo las siguientes circunstancias:

  1. El empleado informa al empleador acerca de su contacto cercano a un caso confirmado por un laboratorio, Y
  2. El empleado no presenta síntomas, y el empleador determina, basado en las necesidades de personal, que el trabajador debe reportarse al lugar de trabajo; Y
  3. El empleado regresa al trabajo con una máscara de aislamiento.

Todas las personas que han sido identificadas como contactos cercanos de una persona con COVID-19 deben hacer lo siguiente inmediatamente:

  1. Permanecer en su hogar u otra residencia por 14 días a partir de la última fecha en que estuvieron en contacto con la persona infectada o probablemente infectada con COVID-
    19. Se requiere que las personas se pongan en cuarentena durante la totalidad del período de incubación de 14 días, debido a que estas personas corren un alto riesgo de desarrollar y transferir el COVID-19.
  2. Las personas en cuarentena no pueden salir de su lugar de cuarentena ni ingresar a ningún otro lugar público o privado, excepto para recibir la atención médica necesaria.
  3. Revisar cuidadosamente y seguir atentamente todos los requisitos enumerados en las
    “Instrucciones de cuarentena domiciliaria”, publicadas en http://socotestpsa.org/ y adjuntas a esta Orden.
  4. Si una persona en cuarentena se enferma con fiebre (la fiebre es una temperatura corporal de 100.0F o más), tos o dificultad para respirar (incluso si sus síntomas son muy leves), debe aislarse en casa y separarse de otros personas y seguir las “Instrucciones de aislamiento en el hogar”, publicadas en http://socotestpsa.org/ y adjuntas a esta Orden. Esto se debe a la probabilidad de que tengan COVID-19 y, de ser así, pueden transmitirlo a personas vulnerables.

La Oficial de Salud del condado de Sonoma puede tomar medidas adicionales, que pueden incluir la detención civil o requerir que una persona permanezca en un centro de salud u otro lugar para proteger la salud del público si un individuo sujeto a esta Orden viola o incumple esta Orden. La violación de esta Orden es un delito que se castiga con encarcelamiento, multa o ambas.

Asi lo ordena

Signed by Dr. Sundari R. Mase MD MPH, Health Officer of Sonoma County