Parque por parque, instalación por instalación, los administradores de los parques pueden determinar si pueden abrir y operar canchas de tenis, campos de golf de disco, canchas de baloncesto y otras instalaciones deportivas compartidas en cumplimiento de las restricciones de distanciamiento físico. El uso debe limitarse a grupos de no más de 12 personas con adherencia a distanciamiento físico y requisito de cubierta facial. Tales actividades no deben implicar contacto físico directo, no se permiten torneos, competencias u otros eventos deportivos o actividades con audiencia en vivo. Cuando se use para el cuidado de niños o grupos de campos de verano, los usuarios deben asegurarse de que cada grupo de niños no se mezcle con otros grupos.
June 18, 2020 5:41 PM